Los Órganos de Gobierno en el Ayuntamiento de Ribamontán al Mar

escudo-ralmTodo empieza en las urnas

Cada cuatro años se celebran Elecciones Municipales, a las que pueden presentarse candidaturas de partidos políticos y de agrupaciones de electores (como es el caso de Iniciativa Vecinal).

El número de habitantes de RalM determina que su corporación municipal esté formada por 11 concejales, que tras las últimas elecciones (mayo 2015) están repartidos de la siguiente manera:

  • SEIS concejales del PRC (1238 votos)
  • CUATRO concejales del PP (902 votos)
  • UNA concejala de Iniciativa Vecinal (330 votos)

Órganos de Gobierno (donde se toman las decisiones)

En nuestro Ayuntamiento tenemos tres Órganos de Gobierno: la Alcaldía, La Junta de Gobierno y el Pleno Municipal. Formalmente se trata de tres órganos independientes entre sí y sus respectivas competencias se recogen en diferentes leyes y reglamentos.

El Alcalde ejerce las competencias exclusivas que tiene atribuidas mediante decretos y resoluciones, aunque también ha delegado algunas de ellas en la Junta de Gobierno.

La Junta de Gobierno está formada por el Alcalde y la Primera, Segundo y Tercer Teniente Alcalde (todos concejales del PRC), asistidos por el Secretario. Se reúne los primeros martes del mes y decide sobre el pago de facturas, las licencias urbanísticas y otro tipo de autorizaciones. La composición de la Junta de Gobierno es competencia del Alcalde y sus reuniones no están abiertas al público.

El Pleno es el máximo órgano de gobierno municipal y está formado por los once concejales salidos de las elecciones. Además de elegir al Alcalde, al Pleno le corresponden competencias como la aprobación de ordenanzas, los presupuestos, el PGOU, algunos contratos, o las variaciones de impuestos y tasas municipales. Todos los Plenos son de carácter público.

Y qué pasa con la oposición

El PRC cuenta con mayoría absoluta (6 de los 11 concejales, incluido el alcalde) y por lo tanto puede tomar todas las decisiones sin necesidad de acordarlas con nadie.

La participación en los Órganos de Gobierno de los cuatro concejales del PP y la única concejala de Iniciativa Vecinal se limita a los Plenos, con algunas particularidades en función de si son Ordinarios o Extraordinarios.

Los Plenos Ordinarios se celebran cada cuatro meses (enero, abril, julio y octubre). En este tipo de Plenos los grupos de la oposición pueden dirigir ruego y preguntas al equipo de gobierno, y también presentar “mociones” para su posterior votación.

Los Plenos Extraordinarios pueden ser convocados por el Alcalde y también por la cuarta parte de los concejales, por lo que el PP está en disposición de hacerlo y confeccionar el Orden del Día como considere conveniente.